Registro de Turismo Andalucía

Comprendemos la complejidad de la normativa turística en Andalucía y ofrecemos un servicio legal especializado para garantizar que tu propiedad esté correctamente inscrita en el Registro de Turismo de Andalucía. La legislación andaluza establece diferentes tipos de inscripciones, cada una con requisitos específicos, que es esencial cumplir para operar legalmente y evitar sanciones administrativas.

En Andalucía, según la Ley 13/2011, de 23 de diciembre, de medidas para la mejora y modernización del sector turístico de Andalucía, existen varios tipos de inscripción en el Registro de Turismo de Andalucía, en función del tipo de alojamiento o actividad turística. Los tipos de inscripciones principales son:

Según la Ley 13/2011, las Viviendas de Uso Turístico deben cumplir con los requisitos mínimos de habitabilidad y seguridad establecidos por la normativa autonómica. La inscripción en el Registro de Turismo es obligatoria si se desea alquilar la vivienda a turistas, tanto de forma parcial como completa. Esta inscripción garantiza que la propiedad se encuentra en condiciones adecuadas para recibir huéspedes y cumple con la legislación vigente sobre seguridad y confort.

Los establecimientos de tipo hotel, hostales, pensiones, albergues, entre otros, deben inscribirse en el registro como «establecimientos hoteleros». Esto incluye desde grandes cadenas hoteleras hasta pequeños alojamientos de tipo familiar. La normativa establece los requisitos específicos en cuanto a la clasificación, los servicios ofrecidos (como restauración, limpieza y mantenimiento) y las condiciones de accesibilidad y seguridad.

Los apartamentos turísticos son alojamientos gestionados con fines turísticos que deben inscribirse en el registro correspondiente. Pueden ser de propiedad individual o formar parte de un complejo turístico, pero siempre deben contar con los servicios mínimos de calidad y seguridad. La Ley 13/2011 establece los criterios que deben seguir para su clasificación y registro, incluyendo la capacidad máxima de ocupación, la accesibilidad y las condiciones de habitabilidad. La inscripción en este caso se realiza bajo la categoría de «apartamentos turísticos».

Las casas rurales o viviendas turísticas en áreas rurales también deben inscribirse en el registro correspondiente. Están dirigidas a aquellos propietarios de viviendas en zonas rurales que desean ofrecer su alojamiento a turistas. Esta modalidad de inscripción debe cumplir con los requisitos específicos establecidos en la normativa de turismo rural, como la adecuación del entorno, la accesibilidad, y los servicios básicos que deben ofrecer. Estas viviendas deben contar con las condiciones adecuadas y ofrecer los servicios mínimos para el alquiler turístico, como se exige en la ley andaluza.

Existen también inscripciones para campings y áreas de autocaravanas, que incluyen las parcelas para acampada, los bungalows y otro tipo de infraestructuras que permiten el alojamiento turístico en áreas naturales o de campismo.

Incluye aquellas viviendas en las que el propietario ofrece una o varias habitaciones para alquilar de forma temporal a turistas. El propietario puede vivir en la vivienda y alquilar habitaciones a corto plazo.

Requisitos comunes de registro de Turismo Andalucía:

  • Certificación de habitabilidad: La vivienda debe cumplir con los requisitos mínimos de habitabilidad, como disponer de los servicios básicos de agua, electricidad, ventilación, y calefacción, entre otros.
  • Cumplimiento de las normas locales: En algunas áreas, como zonas urbanas saturadas, puede haber restricciones adicionales o requisitos específicos establecidos por los municipios.
  • Seguridad y accesibilidad: Las viviendas deben garantizar condiciones de seguridad para los huéspedes y cumplir con las normativas de accesibilidad.

Es importante destacar que cada tipo de inscripción tiene requisitos específicos y documentación especifica. Se debe consultar la legislación vigente y realizar la inscripción correspondiente de acuerdo con el tipo de alojamiento o actividad turística que vayan a desarrollar. Nuestro compromiso es ayudarte a comprender y gestionar todo lo necesario para que tu propiedad cumpla con la legislación vigente en cuanto a inscripciones turísticas en Andalucía. Asesoramos a nuestros clientes sobre los trámites específicos de cada tipo de alojamiento, guiándolos en la obtención de las licencias necesarias y asegurándonos de que su propiedad se ajuste a los requisitos legales, evitando problemas futuros con las autoridades.

Registro de Turismo en Andalucía

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Confía en nuestra experiencia para obtener la inscripción correcta en el Registro de Turismo y poner en marcha tu negocio turístico de manera legal y eficiente.

Si necesitas asesoramiento específico para cumplir con los requisitos legales en función del tipo de alojamiento, ponte en contacto con nosotros ofrecemos asesoría integral para la inscripción en el Registro de Turismo de Andalucía. Sabemos que cumplir con la normativa autonómica y local es crucial para operar legalmente y evitar sanciones. Te acompañamos en todo el proceso, desde la verificación de los requisitos de habitabilidad hasta la tramitación de la documentación necesaria para garantizar que tu propiedad o propiedades sean aptas para el alquiler turístico. Con nuestro apoyo, podrás cumplimentar la declaración responsable y obtener toda la documentación necesaria sin complicaciones y cumplir con las obligaciones fiscales y legales que se exige. Si estás interesado en alquilar y necesitas asesoramiento, no dudes en contactar con nosotros para asegurar que todo se realice conforme a la ley.